Por Redacciòn
“Nadie
puede ir por la vida con una marca que lo señale por una falta que ya
pagó, esto va contra los derechos humanos, por eso estamos reformando la
ley. Estamos homologando y haciendo las adecuaciones correspondientes a
lo que ya fue aprobado en el ámbito federal y que entró en vigor el 16
de junio de 2016 dentro de la Ley Nacional de Ejecución Penal”, expuso
la Diputada Rocío Corona Nakamura, presidenta de esta comisión
legislativa.
La
propuesta también se enriqueció de la iniciativa que presentó en mayo
de 2016 la Diputada Martha Villanueva Núñez con el fin de reformar el
Artículo 7 de la Ley para Promover la Igualdad, Prevenir y Eliminar la
Discriminación, sin embargo, en el proceso legislativo se determinó que
era más pertinente modificar el Artículo 30 del Código Penal del Estado.
De aprobarse en el Pleno del Poder Legislativo este dictamen, la ley enunciará que “inmediatamente después de dictar auto de libertad, el juez informará del hecho a los titulares de la Fiscalía General, del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses y demás autoridades que corresponda, con la finalidad de restituir los derechos suspendidos en los términos del párrafo anterior y cancelar el registro para efectos de la emisión de la constancia de antecedentes penales”.
Sin embargo, la legislación también contemplará casos de excepción, tales como sentencias derivadas de la comisión de delitos como secuestro, trata de personas y delincuencia organizada.
Este dictamen será remitido a la Asamblea en próximas sesiones para su ratificación y posterior publicación en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco para su entrada en vigor.