HACINAMIENTO E INSEGURIDAD PANORAMA DE LAS CÁRCELES DE JALISCO

Publicado el 2/23/2011

Por Marcela Leopo Flores

La sobrepoblación en las cárceles de Jalisco , es una bomba de tiempo en peligro de estallar ya que más de las mitad de los 23 reclusorios excede su capacidad y una cuarta parte está en el límite, lo que implica hacinamiento, falta de higiene, que la porción de los alimentos de cada interno se vea disminuida, y que en general la prestación de servicios por parte de las autoridades responsables de estas cárceles también se vea afectada, afirmó el Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Jalisco, Felipe de Jesús Álvarez Cibrián.



Un aspecto alarmante es la poca e inadecuada vigilancia, ya que algunas cuentan con menos de tres elementos para estas funciones, pero es improvisado, ya que por lo general son policías municipales que no están capacitados para el trato de personas privadas de su libertad. Se pudo constatar que en algunas cárceles albergaban a internos de probable alta peligrosidad, presuntamente vinculados con delincuencia organizada, por lo que las autoridades municipales tuvieron que gestionar traslados a reclusorios a cargo del Gobierno del Estado. Sin embargo, esto ha sido insuficiente, pues los traslados no son inmediatos o, peor aún, ante la falta de criminólogos en esas cárceles, pueden darse casos de que no se identifiquen reos con perfil de alta peligrosidad, lo que pone en riesgo la seguridad del personal de custodia, de los demás internos y de la comunidad en general.



La falta de seguridad en los centros penitenciarios, sean estatales o municipales, constituye un riesgo para la sociedad, puesto que puede derivar en motines o fugas de reos, lo que sin duda se traduciría en la violación del derecho humano a la seguridad pública de la ciudadanía. Casi la mitad de las cárceles cuenta con el sistema de circuito cerrado que la Comisión ha sugerido de manera permanente que se instale para observar de manera constante la conducta de los elementos de custodia y de los propios internos, además de ser una herramienta útil como medida de seguridad, ya que en caso de alguna fuga o motín permite a las autoridades esclarecer los hechos. De acuerdo con el resultado de la supervisión, 70 por ciento de las cárceles se encuentra de regular a mal estado físico, especialmente en lo que se refiere a pintura y ventilación. Debido al hacinamiento, hay poca o nula privacidad en los baños y regaderas o, peor aún, en muchos casos ni siquiera existen esos servicios, como en los espacios destinados a las mujeres que en ocasiones solo tienen un cuarto, razón por la cual tienen que ser llevadas a otros lugares.



Aún prevalece la falta de calidad en la alimentación; como ejemplo, las autoridades de Ocotlán solo brindan una comida al día a las personas privadas de su libertad. Tampoco cuentan con áreas de terraza o espacios similares, lo que genera que los visitantes tengan que permanecer en los dormitorios, sentados en sillas o bancas improvisadas, o incluso en el piso. Lo mismo ocurre con la visita íntima, pues 60 por ciento carece de lugares destinados para ello, por lo que se les priva de este derecho o la reciben en espacios compartidos.



Es importante destacar que la norma del sistema penitenciario en México favorece la vinculación del interno con las personas del exterior y, por ende, la autoridad debe fomentar el mantenimiento y el mejoramiento de las relaciones entre el recluso y su familia, cuando estas sean convenientes para ambas partes, por lo que para garantizar un debido tratamiento debe promoverse la visita familiar y la vinculación con el exterior. Aunado a ello, ninguna de las 23 cárceles capacita a sus internos y las instalaciones carecen de talleres e instrumentos de trabajo y de actividades recreativas, pues 48 por ciento no tienen espacios adecuados para el deporte, situaciones que alejan del objetivo de la pena privativa de la libertad, que es la readaptación social.



Con excepción de la cárcel de Tlajomulco de Zúñiga, ninguna tiene un médico de planta, ya que los internos son atendidos por personal de los departamentos o direcciones de los Servicios Médicos Municipales, dependencias que por lo general solo disponen de uno o dos galenos para atender a la población de los municipios, lo que dificulta dar un buen servicio en los centros carcelarios, no obstante que se esmeran en ello.



Sobresale la ausencia de programas de rehabilitación para quienes consumen drogas, y al no proporcionárseles una adecuada atención médica, se genera en ellos el denominado síndrome de abstinencia. Ninguna de las 23 cárceles supervisadas existen psicólogos ni psiquiatras, lo que dificulta la debida atención de los internos que son adictos.



Queda claro que los centros carcelarios municipales no reúnen los mínimos requisitos para una estancia digna y segura ni cuentan con las condiciones para una adecuada atención institucional, y menos aún para lograr una eficaz readaptación social; por el contrario, persiste el hacinamiento, con 52 por ciento de las prisiones sobrepobladas. Faltan espacios educativos, recreativos, deportivos, laborales y de visita íntima y familiar; tampoco hay atención médica ni higiene, pues se observó basura, malos olores y fauna nociva; solo 39 por ciento tenían condiciones adecuadas.



La Ley de Ejecución de Penas del Estado de Jalisco prevé la existencia de cárceles municipales, pero establece que las alcaldías podrán suscribir convenios de coordinación con el Ejecutivo estatal para implementar la atención penitenciaria; sin embargo, estos convenios no existen, y en ninguna se lleva plenamente un adecuado sistema penitenciario. Indicó que que las cárceles municipales ubicadas en Ahualulco de Mercado, Arandas, Atotonilco el Alto, Cihuatlán, Cocula, Colotlán, Encarnación de Díaz, Jalostotitlán, La Barca, Mascota, Mazamitla, Ocotlán, San Gabriel, San Juan de los Lagos, Sayula, Tala, Tamazula de Gordiano, Teocaltiche, Tlajomulco de Zúñiga, Unión de Tula, Yahualica de González Gallo, Zacoalco de Torres y Zapotlanejo no reúnen las condiciones adecuadas para garantizar una estancia digna y segura en prisión, ni cuentan con los elementos técnicos para proporcionar la atención institucional o de readaptación social, según sea